martes, 16 de diciembre de 2014

EL AGUA ES UN DERECHO UNIVERSAL DEL HOMBRE EL AGUA DE LA VIDA AL DEFENSOR DEL PUEBLO

San Juan  Argentina, 14 de octubre de 2014.-

Señor Defensor del Pueblo REPUBLICA    ARGENTINA
Dr.   Anselmo Agustín Sella
Defensor a cargo Adjunto I de la Nación
Suipacha 365 – Buenos Aires
S……………………………../……………………….D
                                                                     El que suscribe, ANDRES ALEJANDRO MERENDA, DNI Nº 8.328.261 con domicilio en calle Lisandro Sánchez 461 este de la Ciudad Capital, Provincia de San Juan, Presidente de la Red Provincial de ONGs de San Juan, tengo el agrado de dirigirme a usted a los efectos de saludarle ya la vez solicitarle tenga a bien intervenir en el planteo que le voy a explicar y que tiene que ver, con la eliminación del servicio de agua potable como Derecho Humano de los seres humanos argentinos, echo producido por las Legislatura Nacional.
                                                                    Señor Defensor del Pueblo de la Nación, entiendo que se borra literalmente con una goma, estos derechos, instituidos en el articulo 241 que determinaba la responsabilidad del Estado para garantizar este servicio, y hoy en la actualidad han sido vulnerados muchos de estos derechos como lo es el agua y los derechos indigenistas del país, entre otros. Sabemos que en esto, tenemos derechos difusamente y colectivamente vulnerados, por lo tanto  nuestro pedido de intervención es vitalmente necesario para regular este atropello a nuestras libertades de vivir dignamente en este hermoso país, ganados con tremendas guerras y situaciones sociales que se fueron dando a través de la historia. Pero el sentido comun te dice que si no esta escrito, ese derecho no esta, por lo tanto ese derecho no existe.
                                                                   A continuación en ADJUNTO detallamos desde nuestro punto de vista la actual situación y opinión con respecto a todo esto, EL AGUA ES UN DERECHO UNIVERSAL DEL HOMBRE, para que usted pueda resolver algún tipo de Resolución a nuestro pedido en bien de todos los argentinos.
                                                                   ATENTAMENTE.
                                                                                             ANDRES A. MERENDA
        8.328.261
                                                                                   Tel: 264 – 154 143965 – 155 880469
                                                                                         andresmerenda@yahoo.com.ar

EL AGUA ES UN DERECHO UNIVERSAL DEL HOMBRE
EL AGUA DE LA VIDA
A  G  U  A
¿QUE ES LO PRIMERO QUE HACEMOS CUANDO TENEMOS SED?
Lo primero que hacemos, no es tomar agua, sino buscarla, agua limpia, agua refrescante. Agua que te da vida. El agua renueva tus fuerzas, te da frescura, te ayuda a hidratar el cuerpo en momentos de necesidad.
Cuando sentimos sed, ocurre en nosotros una serie de síntomas que nos afectan, en términos generales, todo nuestro cuerpo. Afecta desde el nivel celular, todos nuestros órganos y sistemas, de ahí la importancia de estar bien hidratados.
Recordemos que la sed es una respuesta natural del organismo al registrar niveles bajos del liquido vital.
¡¡¡ CREO QUE ESTA MUY CLARO  NO !!!
Lo que vamos a hacer a continuación es citar algunas partes de la Biblia de que como se la consideraba al agua en tiempos pasados.
·        - SALMO 78: 15,16  (Partió la roca y les dio de beber). En este Acto, solo les da de beber, sin mirar si le va a cobrar impuestos o algún pago por ese servicio.
·        - EVANGELIO DE JUAN: Cap.  2º- 1,11 (En este episodio, Jesús hizo llenar las tinajas y las convirtió en vino).  Acá ocurre algo importante, el agua siempre guardo la importancia que tiene como liquido vital de la vida del hombre, se usa para todo, transforma cualquier producto en otro, acá le transforma el agua en otro producto importante de la vida que es el vino, no les cobra impuestos por ese servicio.
·        - El profeta dijo: VENGAN y compren sin dinero, el agua que necesitamos tomar para estos casos, es agua que Dios nos ofrece y nos las ofrece de manera abundante.
Podemos citar muchos mas ejemplos, pero no es necesario, lo que queremos hacer saber es que el agua es un producto natural, no la fabrica nadie, alguien muy poderoso mas que cualquier otro ser humano en la tierra, la creo para ese ser que formo, o si prefieren la evolución nos la entrego para que los seres humanos viviéramos sin tener sed en esta tierra. EL AGUA ES GRATUITA, Dios o la naturaleza nos dio el agua en la proporción y medida a nuestra necesidad. Es tiempo de dejar de tener sed, es tiempo de disfrutar del agua y beber.
Las religiones de todo el mundo coinciden en su devoción y le dan una importancia real y vital al gua, casi todos coinciden en que nos purifica y nos da vida por dentro. El Brahamanismo, Budistas, los  Luteranos, los Católicos, el Protestantismo, los Anglicanos, el Confucionismo, los Cristianos, el Calvinismo, el Hinduismo, el Judaísmo, el Shitoismo, el Islam, el Taoísmo y el Zoroastrismo.
Como también Los países Suramericanos, en una gran mayoría coinciden en los mismo, que el AGUA ES UN DERECHO UNIVERSAL DEL HOMBRE, Chile, Brasil, Ecuador,  Venezuela, Honduras, Bolivia, etc., en cuanto a Paraguay, Perú y otros países, están trabajando para hacerlo realidad.
Lo que hemos hecho en esta introducción, es citar como Religiones y Países del mundo Suramericano, coinciden plenamente el derecho Humano al Agua y al Saneamiento. En Argentina ocurre lo contrario, borran el texto de tal Derecho pensamos que es un receso y un atropello muy grave al aprobar este nuevo Código Civil sancionado hace poco en la Legislatura Nacional.
La ONU a instancias de Bolivia, reconoce al agua potable y al Saneamiento Básico como Derechos Humanos Universales. El día 28 de Julio del año 2010, a través de la Resolución 64/292, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), reconoció explícitamente el derecho humano al Agua y al Saneamiento que son esenciales para la vida humana y los Derechos humanos. La Resolución exhorta a los Estados y Organizaciones Internacionales a proporcionar recursos financieros, a propiciar la capacitación y la transparencia tecnológica para ayudar a los países a proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento saludable, limpio, accesible y asequible para todos.
En noviembre del año 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adopto la Observación Nº 15, sobre el Derecho al Agua:
“El Derecho Humano al agua es indispensable para una vida humana y digna”
La Observación Nº 15 también define el derecho al agua como el derecho de cada uno a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y domestico.
El Derecho humano al agua en los O.D.M (Objetivos de Desarrollo del Milenio). Reconocer formalmente un derecho humano al agua y expresar la voluntad de dar contenido y hacer efectivo dicho derecho, puede ser una manera de estimular a la comunidad internacional y a los gobiernos para que redoblen esfuerzos para satisfacer las necesidades humanas básicas y para la consecución de los ODM.
Ese derecho Humano al agua debe ser:
a)      – Suficiente
b)     – Saludable
c)      – Aceptable
d)     – Físicamente accesible
e)     – Asequible
f)       – Suficiente
SUFICIENTE: El abastecimiento de agua por persona debe ser suficiente y continuo para el uso personal y domestico. Estos usos incluyen de forma general el agua de beber, el saneamiento personal, el agua para realizar la colada, la preparación de alimentos, la limpieza del hogar y de la higiene personal.
De acuerdo con la O.M.S (Organización Mundial de la Salud) son necesarios entre 50 y 100 litros de agua por persona y por dia para garantizar que se cubren las necesidades mas básicas y surgen pocas preocupaciones en materia de salud.
SALUDABLE: El agua necesaria, tanto para el uso personal como doméstico, debe ser saludable; es decir, libre de microorganismos, sustancias químicas y peligros radiológicos que constituyan una amenaza para la salud humana. Las medidas de seguridad del agua potable vienen normalmente definidas por estándares nacionales y/o locales de calidad del agua de boca. Las Guías para la calidad del agua potable de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S) proporcionan la bases para el desarrollo de estándares nacionales que, implementadas adecuadamente, garantizarán la salubridad del agua potable.
ACEPTABLE: El agua ha de presentar un color, olor y sabor aceptables para ambos usos, personal y doméstico. Todas las instalaciones y servicios de agua deben ser culturalmente apropiados y sensibles a la especie, al ciclo de la vida y a las exigencias de privacidad.
FÍSICAMENTE ACCESIBLE: Todo el mundo tiene derecho a unos servicios de agua y saneamiento accesibles físicamente dentro o situados en la inmediata cercanía del hogar, de las instituciones académicas, en el lugar de trabajo o las instituciones de salud.
ASEQUIBLE: El agua y los servicios e instalaciones de acceso al agua deben ser asequibles para todos. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sugiere que el coste del agua no debería superar el 3% de los ingresos del hogar.
El uso medio de agua es de 200 a 300 litros por persona y por día en la mayoría de los países en Europa frente a los menos de 10 litros en países como Mozambique. Las personas que carecen de un acceso mejorado al agua en países en desarrollo consumen mucho menos, en parte porque tienen que portarla a lo largo de largas distancias y el agua es pesada. Para los 884 millones de personas en el m undo que viven a más de 1 kilómetro de una fuente de agua, el uso es normalmente inferior a 5 litros al día de un agua insalubre.
La necesidad de agua de una mujer en periodo de lactancia implicada en una actividad física moderada es de 7,5 litros al día.
En cualquier momento, cerca de la mitad de los habitantes de los países en vías de desarrollo sufren problemas de salud provocados por unos deficientes servicios de agua y saneamiento. Juntos, el agua sucia y un saneamiento deficiente son la segunda mayor causa de muerte infantil en el mundo. Se calcula que se pierden 443 millones de días escolares al año debido a enfermedades relacionadas con el agua.
El 28 de septiembre de 2011, el Consejo de Derechos Humanos aprobó una nueva resolución que lleva el derecho humano al agua potable y a un saneamiento saludable un paso más allá. El Consejo daba, así, la bienvenida a la compilación de buenas prácticas sobre el derecho al agua potable y a un saneamiento saludable, en la que la Relatora Especial ponía especial énfasis en las soluciones prácticas relacionadas con la implantación del derecho humano al agua potable y a un saneamiento saludable. La resolución hace un llamamiento a los Estados para que garanticen la suficiente financiación para el suministro sostenible de servicios de agua y saneamiento.
En mayo de 2011, la Organización Mundial de la Salud (O.M.S), mediante su Resolución 64/24, hacía un llamamiento a los Estados Miembros "para garantizar que las estrategias de salud nacionales contribuyen al logro de los O.D.M (Objetivos de Desarrollo del Milenio) en materia de agua y saneamiento al tiempo que apoyan la progresiva realización del derecho humano al agua y al saneamiento" y un llamamiento al Director General de la O.M.S "a reforzar la colaboración de la O.M.S con los correspondientes socios y miembros de  ONU-Agua y con otras organizaciones relevantes para promover el acceso a unos servicios de agua, saneamiento e higiene saludables, así como a servir de modelo de una acción efectiva intersectorial en el contexto de la iniciativa de Naciones Unidas Unidos en la Acción a la que pertenece O.M.S, y de cooperación de la Organización con la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento orientada a mejorar la implantación del mismo".
En marzo de 2008, mediante la Resolución 7/22, el Consejo de Derechos Humanos decidió "nombrar, por un período de tres años, a un experto independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el acceso al agua potable y al saneamiento". En abril de 2011, mediante la Resolución 16/2, el Consejo de Derechos Humanos decidió extender el mandato por un periodo de tres años. El Experto Independiente supervisa e informa sobre la implementación por parte de los Estados del derecho humano al agua así como sobre las violaciones relacionadas.
Comisión Económica para Europa (CEPE). Noviembre 2013
Esta publicación ofrece una herramienta analítica diseñada para ayudar a los gobiernos y a otras partes interesadas a establecer una medida de base de la equidad en el acceso al agua y al saneamiento, a identificar las prioridades relacionadas, discutir las acciones a llevar a cabo y evaluar los progresos a través de un proceso de auto-evaluación. Esta publicación contiene recomendaciones sobre cómo planificar la auto-evaluación y proporciona ejemplos concretos de los beneficios del uso de una tarjeta de puntos en diferentes contextos. Miembros del Protocolo sobre Agua y Salud y otras partes interesadas pueden usar la tarjeta de puntos sobre el acceso equitativo para apoyar la definición de objetivos, para cerrar las brechas existentes en el acceso al agua y al saneamiento y, de esta manera, lograr hacer realidad el derecho humano al agua y al saneamiento.
Informe de la Relatora Especial sobre el derecho humano al agua potable y el saneamiento, Catarina de Albuquerque Informe de la Relatora Especial sobre el derecho humano al agua potable y el saneamiento, Catarina de Albuquerque
Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento. Julio 2013
Centrándose en la cuestión de la sostenibilidad en la realización de los derechos humanos al agua y al saneamiento, la Relatora Especial examina de qué manera esos derechos pueden y deben respetarse en favor de las generaciones actuales y futuras. El informe pone de relieve las dificultades que plantea su sostenibilidad y los riesgos especialmente agravados en tiempos de crisis económica y financiera. Tras abordar la importancia de la sostenibilidad en relación con conceptos básicos de los derechos humanos como la "realización progresiva" y el "no retroceso", la Relatora explica de qué manera el contenido y los principios normativos de los derechos humanos al agua y al saneamiento contribuyen a hacer posible su sostenibilidad. Ateniéndose al marco de los derechos humanos, la Relatora analiza los planteamientos relativos al agua y al saneamiento que son comunes a los Estados, tanto en los momentos de normalidad como durante las crisis económicas y financieras, y señala que a veces no tienen en cuenta la cuestión de la sostenibilidad. Seguidamente demuestra que el marco de los derechos humanos puede y debe facilitar la mejora de esas políticas.
Podemos citar también un montón de estas normas internacionales que hacen a mejorar nuestra calidad de vida en cuanto al agua. pero se da por entendido  porque creo que nadie desconoce que estos derechos son irrefutables. Aunque las Multinacionales siempre han atacado el tema de que el agua debe pagarla quien desee tomar agua para vivir, porque son entidades de la Máxima Ganancia y son capaces de vender a su propia madre o a sus hijos con tal de hacer respetar el capitalismo salvaje, tal es el caso de El titular de Nestlé que pide privatizar el agua y no la considera un derecho.
"El agua debe tener un precio y ser privatizada", dijo el presidente de la firma líder en la venta de agua mineral. "Muchos tienen la percepción de que el agua es gratuita hace que se malgaste", agregó.
Agua que no has de beber. El empresario austríaco Peter Brabeck-Letmathe desató la polémica con su teoría.
Peter Brabeck-Letmathe, empresario austríaco que desde el año 2005 es presidente del grupo Nestlé, señaló que "se debería privatizar el suministro de agua para que la sociedad tome consciencia de su importancia y se acabe con el consumo que se produce en la actualidad".
Nestlé es el líder mundial en la venta de agua embotellada. Un sector que le reporta el 8 por ciento de sus ingresos totales, que en 2011 ascendieron hasta los 68.580 millones de euros.
Las declaraciones de Brabeck explotaron en las redes sociales cuando se conoció un video en el que desarrolla su pensamiento. Señala que "mucha gente que tiene la percepción de que el agua es gratuita hace que en demasiadas ocasiones no se le dé el valor que tiene y se malgaste. De ahí que sostenga que los gobiernos deben garantizar que cada persona disponga de 5 litros de agua diaria para beber y otros 25 litros para su higiene personal, pero que el resto del consumo se tendría que gestionar siguiendo "criterios empresariales".                                                                                                         
A pesar del rechazo que provocan sus postulados, hace tiempo que los defiende sin miramientos, con entrevistas en la que califica de extremistas a las organizaciones no gubernamentales (O.N.Gs.) que sostienen que el agua debería ser un derecho fundamental.
En su opinión, "el agua debería ser tratada como cualquier otro bien alimenticio y tener un valor de mercado que viniera establecido por la ley de la oferta y la demanda. Sólo de esta manera, apunta, emprenderíamos acciones para limitar el consumo excesivo que se da en estos momentos".
Bracbeck-Letmathe nació en una familia con sus orígenes en Iserlohn-Letmathe, en el noroeste de Alemania. Después de completar sus estudios en economía en la Vienna University of Economics, se inició en Nestlé en 1968 en Austria como vendedor, se convirtió en un especialista para nuevos productos y pasó diez años en Chile (1970-1980), como director nacional de ventas y después como director de marketing.
Es una firma condenada. Nestlé vive un momento especial. En la semana recibió dos condenas internacionales muy duras, una por manipulación de precios en Alemania, junto con la empresa Ritter, en el mercado de chocolates. La segunda condena fue directamente en Suiza, donde nació la empresa y tiene que ver con que Nestlé y su empresa de seguridad Securitas fueron acusadas de infiltrarse en la O.N.G (organización no gubernamental) Attac y realizar espionaje.
El tribunal dictaminó que Securitas espió a la entidad anti-globalización por orden de Nestlé, luego de que Attac acusara a la multinacional de origen suizo de violar regulaciones laborales en países del Tercer Mundo y de generar actividades dañinas para el medio ambiente. Pero la peor condena a Nestlé explotó en las redes sociales, cuando se conoció un video de su CEO reconociendo que el agua no debe ser de acceso público.
Por otra parte, el empresario ha sostenido que "el agua debe tener un valor como cualquier otro producto alimenticio". Además no ha dudado en afirmar a renglón seguido que "Nestlé es parte de la solución a la pobreza en el mundo ya que emplea a muchas personas".
CODIGO CIVIL:
Eliminan el Servicio de Agua potable como Derecho Humano.
El Gobierno nacional borró de la iniciativa original el artículo 241, que determinaba la responsabilidad del Estado para garantizar este servicio. Ante los cuestionamientos, aseguran que este, ya está contemplado en tratados internacionales. Pero el sentido comun te dice que si no esta escrito, ese derecho no esta, por lo tanto ese derecho no existe.
Según el Censo de 2010, el 16% de la población no tenía todavía acceso al agua potable en sus hogares. En Mendoza, obtener, cuidar y administrar este recurso ha sido tanto un desafío como un problema, al punto tal que sólo el 60% de la población estaba conectada a la red pública según el mismo estudio nacional. Por eso se veía como promisorio que la reforma del Código Civil jerarquizara el agua potable como derecho humano. Sin embargo, este apartado significativo fue directamente evaporado del texto por el Gobierno nacional antes de enviarlo al Congreso de la Nación.
Una de las argumentaciones que esgrimió Cristina Kirchner es que si el estado no podía cumplimentar con esta responsabilidad, entonces, un gobernador o un intendente se convertía prácticamente en un violador de los Derechos Humanos.
También modificaron el dominio publico de los Recursos naturales, que son potestad de las provincias, lejos de ser Federal, este Código ignora derechos a las provincias al no permitir que establezcan el carácter de dominio publico de los bienes que son recursos naturales de su dominio, según lo previsto en el Art. 124 de la Constitución Nacional, ignora la importancia del agua, los glaciares y el ambiente periglacial.
El nuevo orden mundial  y sus lacayos argentinos tienen ordenes expresas de convertir en productos comerciales a todos los recursos naturales, para poder tener su dictadura global.
¿Cuál será el ultimo producto, de este nuevo orden mundial perverso?
¿Esclavizar al ser Humano oficialmente?


ANDRES A. MERENDA
8.328.261



Detalle de archivo de intervenciones  de la Red Provincial de ONGs de San Juan.
ü  Dique de Ullum Nota a la Defensoría del Pueblo de San Juan – Nov. 2008 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2008/11/dique-de-ullum.html
ü  El Derecho al agua y su relación con el Banco Mundial – Mayo 2009 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2009/05/el-derecho-al-agua.html
ü  La situación del agua en la Provincia de San Juan – Enero 2010            http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2010/01/la-situacion-del-agua-en-la-provincia.html

                                                                                                 ANDRES A. MERENDA
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