San
Juan Argentina, 14 de octubre de 2014.-
Señor
Defensor del Pueblo REPUBLICA ARGENTINA
Dr. Anselmo
Agustín Sella
Defensor a
cargo Adjunto I de la Nación
Suipacha
365 – Buenos Aires
S……………………………../……………………….D
El que suscribe, ANDRES ALEJANDRO MERENDA, DNI Nº 8.328.261 con
domicilio en calle Lisandro Sánchez 461 este de la Ciudad Capital, Provincia de
San Juan, Presidente de la Red Provincial de ONGs de San Juan, tengo el agrado
de dirigirme a usted a los efectos de saludarle ya la vez solicitarle tenga a
bien intervenir en el planteo que le voy a explicar y que tiene que ver, con la
eliminación del servicio de agua potable como Derecho Humano de los seres
humanos argentinos, echo producido por las Legislatura Nacional.
Señor Defensor del Pueblo de la Nación, entiendo que se borra literalmente
con una goma, estos derechos, instituidos en el articulo 241 que determinaba la
responsabilidad del Estado para garantizar este servicio, y hoy en la
actualidad han sido vulnerados muchos de estos derechos como lo es el agua y
los derechos indigenistas del país, entre otros. Sabemos que en esto, tenemos
derechos difusamente y colectivamente vulnerados, por lo tanto nuestro pedido de intervención es vitalmente
necesario para regular este atropello a nuestras libertades de vivir dignamente
en este hermoso país, ganados con tremendas guerras y situaciones sociales que
se fueron dando a través de la historia. Pero el sentido comun
te dice que si no esta escrito, ese derecho no esta, por lo tanto ese derecho
no existe.
A continuación en
ADJUNTO detallamos desde nuestro punto de vista la actual situación y opinión
con respecto a todo esto, EL AGUA ES UN DERECHO UNIVERSAL DEL HOMBRE, para que
usted pueda resolver algún tipo de Resolución a nuestro pedido en bien de todos
los argentinos.
ATENTAMENTE.
ANDRES A. MERENDA
8.328.261
Tel:
264 – 154 143965 – 155 880469
andresmerenda@yahoo.com.ar
EL
AGUA ES UN DERECHO UNIVERSAL DEL HOMBRE
EL
AGUA DE LA VIDA
A G
U A
¿QUE
ES LO PRIMERO QUE HACEMOS CUANDO TENEMOS SED?
Lo primero que hacemos,
no es tomar agua, sino buscarla, agua limpia, agua refrescante. Agua que te da
vida. El agua renueva tus fuerzas, te da frescura, te ayuda a hidratar el
cuerpo en momentos de necesidad.
Cuando sentimos sed,
ocurre en nosotros una serie de síntomas que nos afectan, en términos
generales, todo nuestro cuerpo. Afecta desde el nivel celular, todos nuestros
órganos y sistemas, de ahí la importancia de estar bien hidratados.
Recordemos que la sed es
una respuesta natural del organismo al registrar niveles bajos del liquido
vital.
¡¡¡ CREO QUE ESTA MUY
CLARO NO !!!
Lo que vamos a hacer a
continuación es citar algunas partes de la Biblia de que como se la consideraba
al agua en tiempos pasados.
·
- SALMO 78: 15,16 (Partió la roca y les dio de beber). En este
Acto, solo les da de beber, sin mirar si le va a cobrar impuestos o algún pago
por ese servicio.
·
- EVANGELIO DE JUAN:
Cap. 2º- 1,11 (En este episodio, Jesús
hizo llenar las tinajas y las convirtió en vino). Acá ocurre algo importante, el agua siempre
guardo la importancia que tiene como liquido vital de la vida del hombre, se
usa para todo, transforma cualquier producto en otro, acá le transforma el agua
en otro producto importante de la vida que es el vino, no les cobra impuestos
por ese servicio.
·
- El profeta dijo:
VENGAN y compren sin dinero, el agua que necesitamos tomar para estos casos, es
agua que Dios nos ofrece y nos las ofrece de manera abundante.
Podemos citar muchos mas
ejemplos, pero no es necesario, lo que queremos hacer saber es
que el agua es un producto natural, no la fabrica nadie,
alguien muy poderoso mas que cualquier otro ser humano en la tierra, la creo
para ese ser que formo, o si prefieren la evolución nos la entrego para que los
seres humanos viviéramos sin tener sed en esta tierra. EL AGUA ES GRATUITA,
Dios o la naturaleza nos dio el agua en la proporción y medida a nuestra
necesidad. Es tiempo de dejar de tener sed, es tiempo de disfrutar del agua y
beber.
Las religiones de todo
el mundo coinciden en su devoción y le dan una importancia real y vital al gua,
casi todos coinciden en que nos purifica y nos da vida por dentro. El Brahamanismo,
Budistas, los Luteranos, los Católicos, el
Protestantismo, los Anglicanos, el Confucionismo, los Cristianos, el Calvinismo,
el Hinduismo, el Judaísmo, el Shitoismo, el Islam, el Taoísmo y el
Zoroastrismo.
Como también Los países
Suramericanos, en una gran mayoría coinciden en los mismo, que el AGUA ES UN
DERECHO UNIVERSAL DEL HOMBRE, Chile, Brasil, Ecuador, Venezuela, Honduras, Bolivia, etc., en cuanto
a Paraguay, Perú y otros países, están trabajando para hacerlo realidad.
Lo que hemos hecho en
esta introducción, es citar como Religiones y Países del mundo Suramericano,
coinciden plenamente el derecho Humano al Agua y al Saneamiento. En Argentina ocurre
lo contrario, borran el texto de tal Derecho pensamos que es un receso y un
atropello muy grave al aprobar este nuevo Código Civil sancionado hace poco en
la Legislatura Nacional.
La ONU a instancias de
Bolivia, reconoce al agua potable y al Saneamiento Básico como Derechos Humanos
Universales. El día 28 de Julio del año 2010, a través de la Resolución 64/292,
la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), reconoció explícitamente el
derecho humano al Agua y al Saneamiento que son esenciales para la vida humana
y los Derechos humanos. La Resolución exhorta a los Estados y Organizaciones
Internacionales a proporcionar recursos financieros, a propiciar la
capacitación y la transparencia tecnológica para ayudar a los países a
proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento saludable, limpio,
accesible y asequible para todos.
En noviembre del año
2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adopto la
Observación Nº 15, sobre el Derecho al Agua:
“El Derecho Humano al
agua es indispensable para una vida humana y digna”
La Observación Nº 15
también define el derecho al agua como el derecho de cada uno a disponer de
agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para
su uso personal y domestico.
El Derecho humano al
agua en los O.D.M (Objetivos de Desarrollo del Milenio). Reconocer formalmente
un derecho humano al agua y expresar la voluntad de dar contenido y hacer
efectivo dicho derecho, puede ser una manera de estimular a la comunidad
internacional y a los gobiernos para que redoblen esfuerzos para satisfacer las
necesidades humanas básicas y para la consecución de los ODM.
Ese derecho Humano al
agua debe ser:
a)
– Suficiente
b)
– Saludable
c)
– Aceptable
d)
– Físicamente accesible
e)
– Asequible
f)
– Suficiente
SUFICIENTE: El
abastecimiento de agua por persona debe ser suficiente y continuo para el uso
personal y domestico. Estos usos incluyen de forma general el agua de beber, el
saneamiento personal, el agua para realizar la colada, la preparación de
alimentos, la limpieza del hogar y de la higiene personal.
De acuerdo con la O.M.S (Organización
Mundial de la Salud) son necesarios entre 50 y 100 litros de agua por persona y
por dia para garantizar que se cubren las necesidades mas básicas y surgen
pocas preocupaciones en materia de salud.
SALUDABLE: El agua
necesaria, tanto para el uso personal como doméstico, debe ser saludable; es
decir, libre de microorganismos, sustancias químicas y peligros radiológicos
que constituyan una amenaza para la salud humana. Las medidas de seguridad del
agua potable vienen normalmente definidas por estándares nacionales y/o locales
de calidad del agua de boca. Las Guías para la calidad del agua potable de la
Organización Mundial de la Salud (O.M.S) proporcionan la bases para el
desarrollo de estándares nacionales que, implementadas adecuadamente,
garantizarán la salubridad del agua potable.
ACEPTABLE: El agua ha de
presentar un color, olor y sabor aceptables para ambos usos, personal y
doméstico. Todas las instalaciones y servicios de agua deben ser culturalmente
apropiados y sensibles a la especie, al ciclo de la vida y a las exigencias de
privacidad.
FÍSICAMENTE ACCESIBLE: Todo
el mundo tiene derecho a unos servicios de agua y saneamiento accesibles
físicamente dentro o situados en la inmediata cercanía del hogar, de las
instituciones académicas, en el lugar de trabajo o las instituciones de salud.
ASEQUIBLE: El agua y los
servicios e instalaciones de acceso al agua deben ser asequibles para todos. El
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sugiere que el coste
del agua no debería superar el 3% de los ingresos del hogar.
El uso medio de agua es
de 200 a 300 litros por persona y por día en la mayoría de los países en Europa
frente a los menos de 10 litros en países como Mozambique. Las personas que
carecen de un acceso mejorado al agua en países en desarrollo consumen mucho
menos, en parte porque tienen que portarla a lo largo de largas distancias y el
agua es pesada. Para los 884 millones de personas en el m undo que viven a más
de 1 kilómetro de una fuente de agua, el uso es normalmente inferior a 5 litros
al día de un agua insalubre.
La necesidad de agua de una
mujer en periodo de lactancia implicada en una actividad física moderada es de
7,5 litros al día.
En cualquier momento,
cerca de la mitad de los habitantes de los países en vías de desarrollo sufren
problemas de salud provocados por unos deficientes servicios de agua y
saneamiento. Juntos, el agua sucia y un saneamiento deficiente son la segunda
mayor causa de muerte infantil en el mundo. Se calcula que se pierden 443
millones de días escolares al año debido a enfermedades relacionadas con el
agua.
El 28 de septiembre de
2011, el Consejo de Derechos Humanos aprobó una nueva resolución que lleva el
derecho humano al agua potable y a un saneamiento saludable un paso más allá.
El Consejo daba, así, la bienvenida a la compilación de buenas prácticas sobre el
derecho al agua potable y a un saneamiento saludable, en la que la Relatora
Especial ponía especial énfasis en las soluciones prácticas relacionadas con la
implantación del derecho humano al agua potable y a un saneamiento saludable.
La resolución hace un llamamiento a los Estados para que garanticen la
suficiente financiación para el suministro sostenible de servicios de agua y
saneamiento.
En mayo de 2011, la
Organización Mundial de la Salud (O.M.S), mediante su Resolución 64/24, hacía
un llamamiento a los Estados Miembros "para garantizar que las estrategias
de salud nacionales contribuyen al logro de los O.D.M (Objetivos de Desarrollo
del Milenio) en materia de agua y saneamiento al tiempo que apoyan la
progresiva realización del derecho humano al agua y al saneamiento" y un
llamamiento al Director General de la O.M.S "a reforzar la colaboración de
la O.M.S con los correspondientes socios y miembros de ONU-Agua y con otras organizaciones relevantes
para promover el acceso a unos servicios de agua, saneamiento e higiene
saludables, así como a servir de modelo de una acción efectiva intersectorial
en el contexto de la iniciativa de Naciones Unidas Unidos en la Acción a la que
pertenece O.M.S, y de cooperación de la Organización con la Relatora Especial
de Naciones Unidas sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento
orientada a mejorar la implantación del mismo".
En marzo de 2008,
mediante la Resolución 7/22, el Consejo de Derechos Humanos decidió
"nombrar, por un período de tres años, a un experto independiente sobre la
cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el acceso al
agua potable y al saneamiento". En abril de 2011, mediante la Resolución
16/2, el Consejo de Derechos Humanos decidió extender el mandato por un periodo
de tres años. El Experto Independiente supervisa e informa sobre la
implementación por parte de los Estados del derecho humano al agua así como
sobre las violaciones relacionadas.
Comisión Económica para
Europa (CEPE). Noviembre 2013
Esta publicación ofrece
una herramienta analítica diseñada para ayudar a los gobiernos y a otras partes
interesadas a establecer una medida de base de la equidad en el acceso al agua
y al saneamiento, a identificar las prioridades relacionadas, discutir las
acciones a llevar a cabo y evaluar los progresos a través de un proceso de
auto-evaluación. Esta publicación contiene recomendaciones sobre cómo
planificar la auto-evaluación y proporciona ejemplos concretos de los
beneficios del uso de una tarjeta de puntos en diferentes contextos. Miembros
del Protocolo sobre Agua y Salud y otras partes interesadas pueden usar la
tarjeta de puntos sobre el acceso equitativo para apoyar la definición de
objetivos, para cerrar las brechas existentes en el acceso al agua y al
saneamiento y, de esta manera, lograr hacer realidad el derecho humano al agua
y al saneamiento.
Informe de la Relatora
Especial sobre el derecho humano al agua potable y el saneamiento, Catarina de
Albuquerque Informe de la Relatora Especial sobre el derecho humano al agua
potable y el saneamiento, Catarina de Albuquerque
Relatora Especial de
Naciones Unidas sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento. Julio
2013
Centrándose en la
cuestión de la sostenibilidad en la realización de los derechos humanos al agua
y al saneamiento, la Relatora Especial examina de qué manera esos derechos
pueden y deben respetarse en favor de las generaciones actuales y futuras. El
informe pone de relieve las dificultades que plantea su sostenibilidad y los
riesgos especialmente agravados en tiempos de crisis económica y financiera.
Tras abordar la importancia de la sostenibilidad en relación con conceptos
básicos de los derechos humanos como la "realización progresiva" y el
"no retroceso", la Relatora explica de qué manera el contenido y los
principios normativos de los derechos humanos al agua y al saneamiento
contribuyen a hacer posible su sostenibilidad. Ateniéndose al marco de los
derechos humanos, la Relatora analiza los planteamientos relativos al agua y al
saneamiento que son comunes a los Estados, tanto en los momentos de normalidad
como durante las crisis económicas y financieras, y señala que a veces no
tienen en cuenta la cuestión de la sostenibilidad. Seguidamente demuestra que
el marco de los derechos humanos puede y debe facilitar la mejora de esas
políticas.
Podemos citar también un
montón de estas normas internacionales que hacen a mejorar nuestra calidad de
vida en cuanto al agua. pero se da por entendido porque creo que nadie desconoce que estos
derechos son irrefutables. Aunque las Multinacionales siempre han atacado el
tema de que el agua debe pagarla quien desee tomar agua para vivir, porque son
entidades de la Máxima Ganancia y son capaces de vender a su propia madre o a
sus hijos con tal de hacer respetar el capitalismo salvaje, tal es el caso de
El titular de Nestlé que pide privatizar el agua y no la considera un derecho.
"El agua debe tener
un precio y ser privatizada", dijo el presidente de la firma líder
en la venta de agua mineral. "Muchos tienen la
percepción de que el agua es gratuita hace que se malgaste", agregó.
Agua que no has de
beber. El empresario austríaco Peter Brabeck-Letmathe desató la polémica con su
teoría.
Peter Brabeck-Letmathe,
empresario austríaco que desde el año 2005 es presidente del grupo Nestlé,
señaló que "se debería privatizar el suministro de agua para que la
sociedad tome consciencia de su importancia y se acabe con el consumo que se
produce en la actualidad".
Nestlé es el líder
mundial en la venta de agua embotellada. Un sector que le
reporta el 8 por ciento de sus ingresos totales, que en 2011 ascendieron hasta
los 68.580 millones de euros.
Las declaraciones de
Brabeck explotaron en las redes sociales cuando se conoció un video en el que
desarrolla su pensamiento. Señala que "mucha gente que tiene la percepción
de que el agua es gratuita hace que en demasiadas ocasiones no se le dé el
valor que tiene y se malgaste. De ahí que sostenga que los gobiernos deben
garantizar que cada persona disponga de 5 litros de agua diaria para beber y
otros 25 litros para su higiene personal, pero que el resto del consumo se
tendría que gestionar siguiendo "criterios empresariales".
A pesar del rechazo que
provocan sus postulados, hace tiempo que los defiende sin miramientos, con
entrevistas en la que califica de extremistas a las organizaciones no
gubernamentales (O.N.Gs.) que sostienen que el agua debería ser un derecho
fundamental.
En su opinión, "el
agua debería ser tratada como cualquier otro bien alimenticio y tener un valor
de mercado que viniera establecido por la ley de la oferta y la demanda. Sólo
de esta manera, apunta, emprenderíamos acciones para limitar el consumo
excesivo que se da en estos momentos".
Bracbeck-Letmathe nació
en una familia con sus orígenes en Iserlohn-Letmathe, en el noroeste de
Alemania. Después de completar sus estudios en economía en la Vienna University
of Economics, se inició en Nestlé en 1968 en Austria como vendedor, se
convirtió en un especialista para nuevos productos y pasó diez años en Chile
(1970-1980), como director nacional de ventas y después como director de
marketing.
Es una firma condenada.
Nestlé vive un momento especial. En la semana recibió dos condenas
internacionales muy duras, una por manipulación de precios en Alemania, junto
con la empresa Ritter, en el mercado de chocolates. La segunda condena fue
directamente en Suiza, donde nació la empresa y tiene que ver con que Nestlé y
su empresa de seguridad Securitas fueron acusadas de infiltrarse en la O.N.G (organización
no gubernamental) Attac y realizar espionaje.
El tribunal dictaminó
que Securitas espió a la entidad anti-globalización por orden de Nestlé, luego
de que Attac acusara a la multinacional de origen suizo de violar regulaciones
laborales en países del Tercer Mundo y de generar actividades dañinas para el
medio ambiente. Pero la peor condena a Nestlé explotó en las redes sociales,
cuando se conoció un video de su CEO reconociendo que el agua no debe ser de
acceso público.
Por otra parte, el
empresario ha sostenido que "el agua debe tener un valor como cualquier
otro producto alimenticio". Además no ha dudado en afirmar a renglón
seguido que "Nestlé es parte de la solución a la pobreza en el mundo ya
que emplea a muchas personas".
CODIGO CIVIL:
Eliminan el Servicio de
Agua potable como Derecho Humano.
El Gobierno nacional
borró de la iniciativa original el artículo 241, que determinaba la
responsabilidad del Estado para garantizar este servicio. Ante los
cuestionamientos, aseguran que este, ya está contemplado en tratados
internacionales. Pero el sentido comun te dice que si no esta escrito, ese
derecho no esta, por lo tanto ese derecho no existe.
Según el Censo de 2010,
el 16% de la población no tenía todavía acceso al agua potable en sus hogares.
En Mendoza, obtener, cuidar y administrar este recurso ha sido tanto un desafío
como un problema, al punto tal que sólo el 60% de la población estaba conectada
a la red pública según el mismo estudio nacional. Por eso se veía como
promisorio que la reforma del Código Civil jerarquizara el agua potable como
derecho humano. Sin embargo, este apartado significativo fue directamente
evaporado del texto por el Gobierno nacional antes de enviarlo al Congreso de
la Nación.
Una de las
argumentaciones que esgrimió Cristina Kirchner es que si el estado no podía
cumplimentar con esta responsabilidad, entonces, un gobernador o un intendente
se convertía prácticamente en un violador de los Derechos Humanos.
También modificaron el
dominio publico de los Recursos naturales, que son potestad de las provincias,
lejos de ser Federal, este Código ignora derechos a las provincias al no
permitir que establezcan el carácter de dominio publico de los bienes que son
recursos naturales de su dominio, según lo previsto en el Art. 124 de la Constitución
Nacional, ignora la importancia del agua, los glaciares y el ambiente periglacial.
El nuevo orden
mundial y sus lacayos argentinos tienen
ordenes expresas de convertir en productos comerciales a todos los recursos
naturales, para poder tener su dictadura global.
¿Cuál será el ultimo
producto, de este nuevo orden mundial perverso?
¿Esclavizar al ser
Humano oficialmente?
ANDRES
A. MERENDA
8.328.261
Detalle de archivo de
intervenciones de la Red Provincial de
ONGs de San Juan.
ü En Defensa de los
glaciares – Nov. 2008 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2008/11/en-defensa-de-los-glaciares.html
ü Defensa del Acuífero
Guaraní – Nov. 2008 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2008/11/defensa-del-acuifero-guarani.html
ü Dique de Ullum Nota a la
Defensoría del Pueblo de San Juan – Nov. 2008 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2008/11/dique-de-ullum.html
ü Día mundial del Agua –
Mar 2009 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2009/03/dia-mundial-del-agua.html
ü El agua embotellada –
Marzo 2009 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2009/05/el-agua-embotellada.html
ü En muchos grifos del
mundo ya no sale agua - Mayo 2009 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2009/05/en-muchos-grifos-del-mundo-ya-no-sale.html
ü El Derecho al agua y su
relación con el Banco Mundial – Mayo 2009 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2009/05/el-derecho-al-agua.html
ü Conclusiones del V Foro
Mundial del Agua – Mayo 2009 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2009/05/conclusiones-del-v-foro-mundial-del.html
ü La situación del agua en
la Provincia de San Juan – Enero 2010 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2010/01/la-situacion-del-agua-en-la-provincia.html
ü En defensa de nuestras
aguas – Pachón- Nov. 2011 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2011/11/en-defensa-de-nusstras-aguas-pachon.html
ü Falta de Agua en Caucete
– Bermejo – Mayo 2012 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2012/05/bermejo-marayes-la-planta-las-chacras.html
ü Dique Los Cauquenes –
Jáchal – Mayo 2012 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2012/05/dique-los-cauquenes-jachal.html
ü El agua es un Derecho
universal del hombre – Sep. 2012 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2012/09/el-agua-es-un-derecho-universal-del.html
ü La Crisis del agua – Sep.
2012 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2012/09/la-crisis-del-agua.html
ü CUMBRE DE Paris – 2015 http://www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com.ar/2013/08/2015-cumbre-de-paris-cambio-climatico.html
ANDRES A. MERENDA
8.328.261
andresmerenda@yahoo.com.ar
Tel: 264 154 143965
155
880469
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