martes, 1 de abril de 2014

FRACKING Respuesta al Defensor del Pueblo Exp. 22.519/13

                                                                          San Juan, Marzo del año 2014

Señor Defensor

Del Pueblo de San Juan                           Exp. Nº 22.519/13.    
Dr. JULIO  CESAR ORIHUELA
S......................../............................D

                       En relación al expediente de referencia y al planteo por mi parte de lo que manifiesto en el expediente ocurre en la zona de PUNTA DEL AGUA, en el Departamento de Jachal, sobre actividad de Fractura Hidráulica (Fracking Hidraulic) en el lugar.

                       Señor Defensor del Pueblo de San Juan, he leído con atención la nota 5071 en relación al expediente Nº 506 2962-D-13 del Departamento de Hidráulica, en donde veo que se consigna, que la Dirección de Recursos Energéticos es la  Autoridad de Aplicación, para la Exploración y Eventual Explotación, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos, observo inadvertidamente por mi parte, que en el Ítem antepenúltimo de este expediente donde dice textualmente:
“en el mes de julio revirtió la misma completamente, por lo cual no se puede estar haciendo actividad alguna en cuanto a la Exploración Hidrocarburifera”
¿Que significa?, ¿Qué se revirtió?
¿Qué esta haciendo esta enorme Empresa aun allí?
¿Si no esta haciendo nada  de actividad, porque continúa en el lugar?

                       Señor Defensor del Pueblo de San Juan, pareciera que he ocasionado algunas molestias con este tema del Fracking, por el solo echo de pretender saber si existe alguna posibilidad de actividad de Fracking Hidráulic, he observado sencillamente, que ha muchos no les gusto, es como si NO QUISIERAN TOCAR EL TEMA y como excusa, es como si me quisieran decir: “PRESENTA PRUEBAS PARA QUE TE HAGAMOS CASO”, es así mas o menos, algunos se molestaron demasiado, muchos me dijeron que querían hablar conmigo sobre el tema.
                      
                       Señor Defensor del Pueblo de San Juan, también me he dado cuenta que en el ultimo ítem, del mismo expediente, resaltan sobre manera un párrafo que yo mismo escribí (fs 2 y 10), que dice:
“...presumo que en nuestra provincia se ha instalado una técnica denominada Fracking Hidraulic...”
No quiero abundar en detalles, pero debo citar el porque solicito la información y en que me baso para hacerlo. Además deseo y debo agregar que a mi la ley me dice que no debo presentar pruebas, que tengo el derecho de hacerlo como ciudadano Argentino, voy a mencionar algunas de estas leyes:

§  Art. 58º de la Constitución Provincial de Medio Ambiente.
§  Art. 19º de la Constitución Provincial – Respeto por la Persona.
§  Art. 27º de la Constitución Provincial – Derecho a la información y respeto por sus ideas.
§  Art. 14º de la Constitución Nacional – de peticionar ante sus autoridades.
§  Art. 41º No comprometer las generaciones futuras (reservándome el Art., 43º Constitución Nacional ‘Acción de Amparo’).
§  Art. 43º de la Constitución Nacional
§  Art. 13º Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) Libertad de Pensamientos y de Expresión.
§  Art. 6º Declaración Universal de Derechos humanos, donde dice que: todo ser Humano tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su Personalidad Jurídica.
§  Art. 18º Declaración Universal de Derechos Humanos.
§  Art.19º Declaración Universal de Derechos Humanos,  donde dice que: Todo ciudadano tiene derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión, este Derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones y de difundirlas por cualquier medio licito.
§  Ley Provincial Nº 6006 (Protección Jurisdiccional de Intereses Difusos y Derechos Colectivos).
§  Ley Provincial 6634 (Ley general del Ambiente.
§  Ley Nacional 25831 (régimen de libre  acceso a la información.
§  Decreto Nacional Nº 1172/03 donde dice que: Regula el acceso a la información en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional o Provincial. Cualquier persona lo puede hacer, sin necesidad de demostrar razones que motiven la solicitud.
§  Puedo hacerlo también  por vía administrativa a la Subsecretaria para la reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia.
§  Además cada ciudadano Argentino puede hacerlo a través de las Defensorias del Pueblo, para hacer valer sus derechos.
                      
                       Señor Defensor del Pueblo de San Juan, no debemos permitir que se instale y nos encontremos en esta situación, como en el caso de VACA MUERTA, Provincia de Neuquen, explotada por la Petrolera Canadiense, ARGENTA-AZABACHE y están sacando Gas y Petróleo No Convencional. Señor Defensor del Pueblo, usted perdone, se que esto  no es necesario haber citado estas cosas, porque se que positivamente que usted conoce todo esto, pero quería mencionarlo para favorecer mi pedido, porque a pesar de esa respuesta de Hidráulica QUE NO ME CONFORMA, sigo solicitando mas información de lo que ocurre en PUNTA DEL AGUA, si existe o no Fracking Hidraulic.
                      

ALGUNAS REFERENCIAS:
§  www.enernews.com (13/11/2007
§  Diario de Cuyo del día 20/12/2007 , donde dice “Valioso Hallazgo de la Compañía OIL M&S. Encuentran Petróleo en Jachal”
§  www.diariohuarpe.com 13/11/2007
§  www.miningpress.com (13/11/2007
§  www.sanjuan8.com 12/08/2010
§  Defensoria del Pueblo de San Juan Exp. Nº 22.519/13.
§  www.argentina.ar  en la Nº 74 de fecha 08/2013.
§  Diario de Cuyo del día 26/08/2013 Pág. 4.
§  Diario de Cuyo del día 02/04/2014, en Opinión del Lector del señor Alfredo Mallea de punta del Agua de Jachal.
AEN,  (Argentina en Noticias) 08/2913.
En este Lugar de PUNTA DEL AGUA, a la compañía que hacemos referencia, es de propiedad del Empresario CRISTÓBAL LOPEZ, muy amigo de los Kirchner. Esta aseveración ya nos dice todo.

                       ATENTAMENTE.

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