San Juan, Marzo del año 2014
Señor Defensor
Del Pueblo de San Juan Exp. Nº
22.519/13.
Dr. JULIO
CESAR ORIHUELA
S......................../............................D
En relación al
expediente de referencia y al planteo por mi parte de lo que manifiesto en el
expediente ocurre en la zona de PUNTA DEL AGUA, en el Departamento de Jachal,
sobre actividad de Fractura Hidráulica (Fracking Hidraulic) en el lugar.
Señor Defensor del
Pueblo de San Juan, he leído con atención la nota 5071 en relación al
expediente Nº 506 2962-D-13 del Departamento de Hidráulica, en donde veo que se
consigna, que la Dirección de Recursos Energéticos es la Autoridad de Aplicación, para la Exploración
y Eventual Explotación, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos, observo
inadvertidamente por mi parte, que en el Ítem antepenúltimo de este expediente
donde dice textualmente:
“en el mes de julio
revirtió la misma completamente, por lo cual no se puede estar haciendo
actividad alguna en cuanto a la Exploración Hidrocarburifera”
¿Que significa?,
¿Qué se revirtió?
¿Qué esta haciendo
esta enorme Empresa aun allí?
¿Si no esta
haciendo nada de actividad, porque
continúa en el lugar?
Señor Defensor del
Pueblo de San Juan, pareciera que he ocasionado algunas molestias con este tema
del Fracking, por el solo echo de pretender saber si existe alguna posibilidad
de actividad de Fracking Hidráulic, he observado sencillamente, que ha muchos
no les gusto, es como si NO QUISIERAN TOCAR EL TEMA y como excusa, es como si
me quisieran decir: “PRESENTA PRUEBAS PARA QUE TE HAGAMOS CASO”, es así mas o
menos, algunos se molestaron demasiado, muchos me dijeron que querían hablar
conmigo sobre el tema.
Señor Defensor del
Pueblo de San Juan, también me he dado cuenta que en el ultimo ítem, del mismo
expediente, resaltan sobre manera un párrafo que yo mismo escribí (fs 2 y 10),
que dice:
“...presumo que en
nuestra provincia se ha instalado una técnica denominada Fracking Hidraulic...”
No quiero abundar en detalles, pero debo
citar el porque solicito la información y en que me baso para hacerlo. Además
deseo y debo agregar que a mi la ley me dice que no debo presentar pruebas, que
tengo el derecho de hacerlo como ciudadano Argentino, voy a mencionar algunas
de estas leyes:
§
Art. 58º de la Constitución Provincial
de Medio Ambiente.
§
Art. 19º de la Constitución Provincial
– Respeto por la Persona.
§
Art. 27º de la Constitución Provincial
– Derecho a la información y respeto por sus ideas.
§
Art. 14º de la Constitución Nacional –
de peticionar ante sus autoridades.
§
Art. 41º No comprometer las
generaciones futuras (reservándome el Art., 43º Constitución Nacional ‘Acción
de Amparo’).
§
Art. 43º de la Constitución Nacional
§
Art. 13º Convención Americana sobre
Derechos Humanos (Pacto de San José) Libertad de Pensamientos y de Expresión.
§
Art. 6º Declaración Universal de
Derechos humanos, donde dice que: todo ser Humano tienen derecho en todas
partes al reconocimiento de su Personalidad Jurídica.
§
Art. 18º Declaración Universal de
Derechos Humanos.
§
Art.19º Declaración Universal de
Derechos Humanos, donde dice que: Todo
ciudadano tiene derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión, este Derecho
incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones y de difundirlas por
cualquier medio licito.
§
Ley Provincial Nº 6006 (Protección
Jurisdiccional de Intereses Difusos y Derechos Colectivos).
§
Ley Provincial 6634 (Ley general del
Ambiente.
§
Ley Nacional 25831 (régimen de
libre acceso a la información.
§
Decreto Nacional Nº 1172/03 donde dice
que: Regula el acceso a la información en el ámbito del Poder Ejecutivo
Nacional o Provincial. Cualquier persona lo puede hacer, sin necesidad de
demostrar razones que motiven la solicitud.
§
Puedo hacerlo también por vía administrativa a la Subsecretaria
para la reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia.
§
Además cada ciudadano Argentino puede
hacerlo a través de las Defensorias del Pueblo, para hacer valer sus derechos.
Señor Defensor del
Pueblo de San Juan, no debemos permitir que se instale y nos encontremos en esta
situación, como en el caso de VACA MUERTA, Provincia de Neuquen, explotada por
la Petrolera Canadiense, ARGENTA-AZABACHE y están sacando Gas y Petróleo No
Convencional. Señor Defensor del Pueblo, usted perdone, se que esto no es necesario haber citado estas cosas,
porque se que positivamente que usted conoce todo esto, pero quería mencionarlo
para favorecer mi pedido, porque a pesar de esa respuesta de Hidráulica QUE NO
ME CONFORMA, sigo solicitando mas información de lo que ocurre en PUNTA DEL
AGUA, si existe o no Fracking Hidraulic.
Ademas, el Fracking explota:
El día 19 de marzo del corriente año, exploto en la localidad de ALLEN, Provincia de Río Negro, causando grandes emanaciones y graves daños a la salud.
Ademas, el Fracking explota:
El día 19 de marzo del corriente año, exploto en la localidad de ALLEN, Provincia de Río Negro, causando grandes emanaciones y graves daños a la salud.
ALGUNAS
REFERENCIAS:
§
www.enernews.com
(13/11/2007
§
Diario de Cuyo del día 20/12/2007 ,
donde dice “Valioso Hallazgo de la Compañía OIL M&S. Encuentran Petróleo en
Jachal”
§
www.diariohuarpe.com
13/11/2007
§
www.miningpress.com
(13/11/2007
§
www.sanjuan8.com
12/08/2010
§
www.redprovincialdeongsdesanjuan.blogspot.com
29/08/2013
§
Defensoria del Pueblo de San Juan Exp.
Nº 22.519/13.
§
www.argentina.ar en la Nº 74 de fecha 08/2013.
§
Diario de Cuyo del día 26/08/2013 Pág.
4.
§
Diario de Cuyo del día 02/04/2014, en
Opinión del Lector del señor Alfredo Mallea de punta del Agua de Jachal.
AEN, (Argentina en Noticias) 08/2913.
En este Lugar de PUNTA DEL AGUA, a la
compañía que hacemos referencia, es de propiedad del Empresario CRISTÓBAL
LOPEZ, muy amigo de los Kirchner. Esta aseveración ya nos dice todo.
ATENTAMENTE.
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